Comunicado. Laurentino Cortizo, presidente de Panamá, aprobó dos decretos ejecutivos que reglamentan la ley que dispone el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, y establece otras medidas sobre la materia.
Una de las órdenes ejecutivas aprobadas por Cortizo reglamenta el uso y acceso del producto y sus derivados con fines terapéuticos, médicos, veterinarios, científicos y de investigación en todo el país, y la otra crea la Dirección Nacional para el Monitoreo de las Actividades Relacionadas con el Cannabis Medicinal.
“Panamá tiene una de las regulaciones más sólidas a nivel regional para el consumo del cannabis con fines medicinales y terapéuticos, y así dar alivio a miles de pacientes que han esperado esta solución por largos años”, indicó Cortizo.
Además, explicó que “la comercialización de los productos se hará bajo un estricto control de importaciones con un programa de trazabilidad que incluye el monitoreo, desde las áreas de cultivo hasta los laboratorios y puntos de venta final”.
La reglamentación será aplicable a personas jurídicas que importen, exporten, siembren, cultiven y comercialicen el cannabis y sus derivados con fines medicinales o científicos. Asimismo, la norma estipula que quedan protegidos los datos de los pacientes inscritos en el Programa Nacional para el Estudio y Uso Medicinal del Cannabis y sus derivados.
El cannabis medicinal, según la reglamentación, puede ser utilizado, entre otras patologías, para enfermedades como alzhéimer, cáncer, autismo, VIH y artritis.
Sobre las funciones de la Dirección de Monitoreo, se dictamina que serán, entre otras, establecer los requisitos de seguridad para el manejo, transporte, almacenamiento y ubicación de las áreas e inmuebles que se utilizarán para fabricar o realizar investigaciones científicas del cannabis medicinal. También se debe realizar una guía para la elaboración de los protocolos de seguridad para los interesados en una licencia de fabricación de cannabis medicinal, y aprobar las solicitudes de estas licencias.
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